¿Sabes si estás obligado a llevar Libros Electrónicos a partir del ejercicio 2017?
A continuación el resumen de los libros electrónicos a presentar con sus respectivos plazos de presentación:
Libro electrónico | Ingresos superiores a S/288,750 de mayo 2015 – abril 2016 | PRICOS designado por Sunat desde junio 2013 | PRICOS, Ingresos superiores a 3,000 UIT (año anterior) | Plazos de presentación |
---|---|---|---|---|
Registro de compras y ventas | Según cronograma «A» y «B» | |||
Libro Diario y Mayor | 3 meses de atraso | |||
Registro de Activos Fijos | 3 meses de atraso al cierre del ejercicio | |||
Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas | 1 mes de atraso | |||
Libro de Inventario Permanente Valorizado | 3 meses de atraso | |||
Libro de Inventarios y Balances | 3 meses de atraso al cierre del ejercicio | |||
Registro de Costos | 3 meses de atraso | |||
Registro de Consignaciones | 3 meses de atraso |
Aplica para:
a) Los contribuyentes del Régimen General y Régimen Especial del Impuesto a la Renta cuyos INGRESOS sea MAYOR o IGUAL a 75 UIT S/288,750 (*) durante el período de mayo 2015 a abril 2016. Se encuentran en la obligación de presentar los siguientes libros electrónicos:
- Registro de Compras
- Registro de Ventas
b) Principales Contribuyentes, desde junio 2013 designados por SUNAT deben presentar los siguientes libros electrónicos:
- Registro de Compras
- Registro de Ventas
- Libro Diario
- Libro Mayor
c) Principales Contribuyentes Nacionales (PRICOS) con ingresos iguales o mayores a 3,000 UIT (S/11´850,000) deben presentar los siguientes libros electrónicos.
- Registro de Compras
- Registro de Ventas
- Libro Diario
- Libro Mayor
- Libro de Inventario Permanente en Unidades Físicas (**)
- Libro de Inventario Permanente Valorizado
- Libro de Inventarios y Balances
- Registro de Costos
- Registro de Activos Fijos
- Registro de Consignaciones
(*) Para determinar el importe de los ingresos se considera la UIT del año 2015 que fue de S/3,850.
(**) Si el contribuyente lleva el Registro de Inventario Permanente Valorizado puede eximirse del llevado del Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas