Consideraciones para las gratificaciones de Julio 2017

Los trabajadores de la actividad privada tienen derecho al pago de gratificaciones por fiestas patrias (Julio) y por navidad (Diciembre). Este beneficio está regulado en el reglamento D.S. 005-2022-TR de la Ley 27735, a continuación algunas consideraciones que se debe tener en cuenta:

  • El monto de gratificación es de un (1) sueldo completo que tuviera el trabajador al 30 de junio
  • Asignación familiar, de corresponder al trabajador
  • Promedio de horas extras del último semestre (considerando por los menos que existan en 3 meses)
  • Promedio de comisiones recibidas en el último semestre
  • Para la gratificaciones se considera por meses completos de trabajo, por ejemplo si el trabajador tiene fecha de ingreso 20 de abril, solamente se considera por 2 meses (mayo y junio)
  • Bonificación especial del 9% para los trabajadores afiliados a Essalud y del 6.75% para los que se encuentran afiliados a la EPS, estipulado en la Ley N° 30334, publicada en junio del año 2015

Los trabajadores de regímenes especiales tienen sus propias consideraciones, entre estos regímenes están:

  • Régimen especial del Remype
  • Trabajadores con menos de 4 horas diarias o 20 horas semanales de trabajo
  • Régimen de Construcción Civil, etc.

El plazo para el pago es el 15 de julio, de no hacerlo la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) podrá aplicas las sanciones que corresponde, de acuerdo a:


Número de trabajadores afectados de la Micro Empresa (*)

Infracción 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 a más
No entregar boleta de pago (sanción leve) 405 486 608 689 810 1,013 1,215 1,418 1,620 2,025
No pagar gratificación
(sanción grave)
1,013 1,215 1,418 1,620 1,823 2,228 2,633 3,038 3,443 4,050

Número de trabajadores afectados de la Pequeña Empresa (*)

Infracción 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 a más
No entregar boleta de pago (sanción leve) 810 1,215 1,620 2,025 2,835 4,050 5,468 7,499 9,113 20,250
No pagar gratificación
(sanción grave)
4,050 5,265 6,885 8,708 11,340 14,580 18,833 21,870 25,313 40,500

Número de trabajadores afectados Régimen General

Infracción 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 a más
No entregar boleta de pago (sanción leve) 2,025 6,885 9,923 18,225 24,300 29,160 41,513 59,535 85,959 121,500
No pagar gratificación
(sanción grave)
12,150 30,375 40,500 50,625 60,750 81,000 101,250 141,750 162,000 202,500

* La micro y pequeña empresa tienen reducción del 50% de la multa

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