Consideraciones para las gratificaciones de Julio 2017
Los trabajadores de la actividad privada tienen derecho al pago de gratificaciones por fiestas patrias (Julio) y por navidad (Diciembre). Este beneficio está regulado en el reglamento D.S. 005-2022-TR de la Ley 27735, a continuación algunas consideraciones que se debe tener en cuenta:
- El monto de gratificación es de un (1) sueldo completo que tuviera el trabajador al 30 de junio
- Asignación familiar, de corresponder al trabajador
- Promedio de horas extras del último semestre (considerando por los menos que existan en 3 meses)
- Promedio de comisiones recibidas en el último semestre
- Para la gratificaciones se considera por meses completos de trabajo, por ejemplo si el trabajador tiene fecha de ingreso 20 de abril, solamente se considera por 2 meses (mayo y junio)
- Bonificación especial del 9% para los trabajadores afiliados a Essalud y del 6.75% para los que se encuentran afiliados a la EPS, estipulado en la Ley N° 30334, publicada en junio del año 2015
Los trabajadores de regímenes especiales tienen sus propias consideraciones, entre estos regímenes están:
- Régimen especial del Remype
- Trabajadores con menos de 4 horas diarias o 20 horas semanales de trabajo
- Régimen de Construcción Civil, etc.
El plazo para el pago es el 15 de julio, de no hacerlo la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) podrá aplicas las sanciones que corresponde, de acuerdo a:
Número de trabajadores afectados de la Micro Empresa (*)
Infracción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 a más |
No entregar boleta de pago (sanción leve) | 405 | 486 | 608 | 689 | 810 | 1,013 | 1,215 | 1,418 | 1,620 | 2,025 |
No pagar gratificación (sanción grave) |
1,013 | 1,215 | 1,418 | 1,620 | 1,823 | 2,228 | 2,633 | 3,038 | 3,443 | 4,050 |
Número de trabajadores afectados de la Pequeña Empresa (*)
Infracción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 a más |
No entregar boleta de pago (sanción leve) | 810 | 1,215 | 1,620 | 2,025 | 2,835 | 4,050 | 5,468 | 7,499 | 9,113 | 20,250 |
No pagar gratificación (sanción grave) |
4,050 | 5,265 | 6,885 | 8,708 | 11,340 | 14,580 | 18,833 | 21,870 | 25,313 | 40,500 |
Número de trabajadores afectados Régimen General
Infracción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 a más |
No entregar boleta de pago (sanción leve) | 2,025 | 6,885 | 9,923 | 18,225 | 24,300 | 29,160 | 41,513 | 59,535 | 85,959 | 121,500 |
No pagar gratificación (sanción grave) |
12,150 | 30,375 | 40,500 | 50,625 | 60,750 | 81,000 | 101,250 | 141,750 | 162,000 | 202,500 |
* La micro y pequeña empresa tienen reducción del 50% de la multa